BLOG APEYD - Asociación Peruana de Economía y Derecho

El Blog de la Asociación Peruana de Economía y Derecho APEYD) nace como consecuencia de las diversas entradas sobre Economía y Derecho (EyD) contenidas en el Blog del Estudio Martin Abogados & Economistas (Blog EMAE), así como la necesidad de expresar de una manera más dinámica el análisis, crítica y avances de la EyD.
---------------------------------------------------------------
The Blog of the Peruvian Law & Economics Association (PLEA) was born as a result of various posts on Economics and Law (L&E) contained in Martin Lawyers & Economists Firm Blog (Blog MLEF), and the need to express with more dynamics the analysis, criticism and EyD advances.

domingo, 23 de marzo de 2014

De la relación entre la Economía y el Derecho I: Derecho Económico - Derecho Comercial [GARCIA, J.R.]

Analista Jurídico Junior de Estudio Martin Abogados
Colaborador APEYD
Lima, 25 de setiembre de 2011

El derecho nace como un sistema de organización social entre las sociedades primitivas, así mismo se comenzó a poner reglas a todo aquello que era susceptible de conflicto o malos entendidos. De igual manera la economía comenzó por la necesidad, de ésta forma ahora es necesario observar las formas en las que la economía se relaciones con el derecho, para ello se distinguen de diversas ramas del derecho al vinculo que encierra cada una de ella con la economía.

El Derecho mercantil, es sin duda alguna el estudio de las normas de carácter comercial, y por ende, tienen por objeto reglamentar un sector de la actividad económica[1]. Entonces se puede afirmar que el derecho económico es un fenómeno económico, tal y como lo menciona Montoya Manfredi, tradicionalmente el derecho mercantil o comercial se ha situado en el capítulo de la economía política, referente a la circulación de la riqueza, pues mediante actividad de comercial se produce la movilización de los bienes, que pasan de unas manos a otras.[2]

En base a ello, también podemos observar al Derecho económico, observado como aquel que servirá de sustento y límite al derecho mercantil. Esto es siempre y cuando se entienda el derecho económico, como menciona Munera Arango, el conjunto de principios y de normas jurídicas que regulan la cooperación humana en las actividades de creación, distribución, cambio y consumo de riqueza de la economía privada[3]. De ésta forma se dará una relación entre el derecho económico y el derecho comercial, como que el primero formula los postulados básicos que condicionan las relaciones jurídicas de carácter privado y el ordenamiento de las actividades de la propia empresa.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario