Presidente APEYD y Editor Blog APEYD
(Lima, 03 de enero de 2013)
1. Los recursos administrativos son mecanismos por los cuales los Administrados pueden oponerse o contradecir lo manifestado por una Entidad Pública, por ejemplo mediante actos administrativos. Así mismo, existen otros medios por los cuales se pueden ejercer similar oposición ante actos de la administración, tales como las quejas, entre otros.
2. Resulta claro para todos los conocedores de Derecho que cualquier acto de la Administración puede ser objeto de la citada oposición, aunque no tanto para aquellos afines a otras ramas del conocimiento. No obstante, ello no quiere decir que los cercanos al Derecho apliquen siempre estas oposiciones o que los ajenos al Derecho nunca las apliquen.