Presidente
+Asociación Peruana de Economía y Derecho - APEYD
Fiel al espíritu de este blog, y a la serie de publicaciones denominadas "Cuestión de Nombre", es conveniente señalar que se entenderá "Economía del Derecho" justamente a la parte económica que subyace dentro del Derecho, esto es, partiendo de la premisa que el Derecho es multidimensional, una aspecto del mismo es socio-económico, en particular, económico.
No obstante, como se verá más adelante, podría entenderse "Economía del Derecho" en sentido inverso, algo así como en el caso de Economía de la Empresa, es decir la parte de la Ciencia Económica que se enfoca en el estudio de la Empresa, lo cual en el presente caso, sería la parte de la Economía que se encuentra enfocada en el estudio del Derecho. Primero se comenzará con la primera acepción y luego se introducirá la problemática de la segunda.